Requisitos para Habilitar un Centro Educativo Terapéutico (CET) en 2026

Abrir un Centro Educativo Terapéutico (CET) en Argentina durante 2026 exige cumplir con normativas nacionales estrictas que aseguran la calidad de vida y el desarrollo de personas con discapacidad. Esta guía técnica te orienta en el proceso de habilitación y categorización vigente.

Un CET es un dispositivo prestacional bajo la Ley 24.901 diseñado para personas con discapacidad que requieren un abordaje interdisciplinario pedagógico-terapéutico. Su habilitación depende de la autoridad sanitaria jurisdiccional y su categorización es otorgada por la Junta de Categorización de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).

Indice
  1. Qué vas a encontrar en esta guía
  2. 1. Marco legal y normativo 2026
  3. 2. Requisitos de infraestructura física
  4. 3. Equipo profesional interdisciplinario
  5. 4. Proceso de categorización y habilitación
  6. 5. Documentación legal y contable
  7. 6. Preguntas frecuentes

Qué vas a encontrar en esta guía

El funcionamiento de los CET se sustenta en la Ley 24.901, que establece el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad. En 2026, la normativa técnica de referencia sigue siendo la Resolución 428/99 del Ministerio de Salud, la cual define los estándares mínimos de funcionamiento. Es vital que consultes periódicamente las actualizaciones de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y los valores del nomenclador nacional para asegurar la viabilidad económica de tu proyecto.

2. Requisitos de infraestructura física

Para obtener la habilitación, el espacio debe garantizar la accesibilidad universal y la seguridad de los concurrentes:

  • Accesibilidad: Rampas con pendiente reglamentaria, puertas de ancho mínimo para sillas de ruedas y señalética en sistema Braille.
  • Seguridad: Plan de evacuación vigente, sistemas de detección de incendios y matafuegos con carga controlada.
  • Espacios: Aulas equipadas para actividades pedagógicas, consultorios de atención individual, baños adaptados y áreas de esparcimiento protegidas.
  • Habilitación Municipal: Debés contar con el certificado de habilitación municipal para el rubro específico de salud o educación especial.

3. Equipo profesional interdisciplinario

La normativa exige un staff que garantice un abordaje integral. El equipo debe estar conformado por:

  • Director/a: Profesional con título habilitante y experiencia comprobable en discapacidad.
  • Área de Salud: Psicólogos, fonoaudiólogos, terapeutas ocupacionales y kinesiólogos.
  • Área Pedagógica: Profesores de educación especial y psicopedagogos.
  • Área Social: Trabajadores sociales para el seguimiento del entorno familiar.

Recordá que cada profesional debe poseer su matrícula provincial vigente y estar correctamente inscripto ante la AFIP para la facturación a obras sociales y prepagas.

4. Proceso de categorización y habilitación

El trámite se inicia en la autoridad sanitaria de tu jurisdicción (Ministerio de Salud provincial o CABA). Una vez que obtenés la habilitación local, debés presentar la solicitud de categorización ante la Junta de Categorización de la SSS. Este organismo evaluará la infraestructura, el proyecto institucional y la idoneidad del equipo para asignar la categoría (A, B o C) que determinará el valor de la prestación.

Prepará una carpeta técnica que incluya:

  • Estatuto social o contrato constitutivo de la entidad.
  • Constancia de inscripción en AFIP y exenciones impositivas.
  • Seguro de responsabilidad civil para pacientes y personal.
  • Libros rubricados y registros de asistencia diaria.
  • Proyecto institucional detallado con objetivos terapéuticos.

6. Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un CET y un Centro de Día?
El CET tiene un enfoque pedagógico-terapéutico orientado a la escolaridad y el aprendizaje, mientras que el Centro de Día se centra en la contención y el desarrollo de actividades de la vida diaria para personas que no requieren escolarización.

¿Quién otorga la categorización oficial?
La categorización es otorgada por la Junta de Categorización de Prestadores de Atención a Personas con Discapacidad, dependiente de la Superintendencia de Servicios de Salud.

¿Cuánto demora el trámite de inscripción?
Los tiempos son variables según la jurisdicción y la carga administrativa de la Junta, pero suele oscilar entre 6 meses y un año desde la presentación completa de la documentación.

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