OSPSA Sanidad Discapacidad: Cobertura 100%, Requisitos y Reintegros 2026
Los trabajadores del gremio de la Sanidad y sus familias disponen en OSPSA de la cobertura integral al 100% en prestaciones de discapacidad fijadas por la Ley N° 24.901. Presentando el CUD y la orden médica autorizada, OSPSA garantiza asistencia ambulatoria e internación.
Respaldada por un volumen de transferencias del programa SURGE que alcanza los $978 millones de pesos, la Obra Social de la Sanidad administra expedientes para trabajadores de clínicas, sanatorios y laboratorios.
Ficha Técnica Oficial SSSalud - OSPSA
OSPSA (Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina)
RNOS N° 119500
$978.259.458,05 anuales
0800-999-7264 / (011) 4959-7100
www.sanidad.org.ar
Marco Legal y Cobertura Obligatoria al 100% (Ley 24.901)
Bajo la Ley N° 24.901 del Sistema de Prestaciones Básicas en Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, OSPSA (Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina) está obligada a financiar de forma directa o mediante reintegro integral el 100% de las prestaciones requeridas por sus beneficiarios.
Esto significa que las familias acreditadas con el Certificado Único de Discapacidad (CUD) quedan absolutamente exentas de abonar coseguros, bonos de atención, copagos o adicionales tarifarios sobre los valores aprobados por el Nomenclador Nacional regulado por la SSSalud y la ANDIS.
Prestaciones Cubiertas por OSPSA con CUD
| Categoría Prestacional | Alcance de Cobertura (Ley 24.901) | Modalidad de Gestión |
|---|---|---|
| Centros de Día / CET | Jornada simple o doble con contención cognitiva y terapéutica. | Cartilla o Reintegro al 100% |
| Hogares y Residencias | Alojamiento permanente o de lunes a viernes con asistencia médica 24 hs. | Prestador Categorizado ANDIS |
| Transporte Especial Adaptado | Traslado domicilio-centro de rehabilitación ida y vuelta en combis habilitadas. | Facturación directa por Nomenclador |
| Maestra Integradora / Apo. Escolar | Acompañamiento pedagógico en escuelas comunes de nivel inicial, primario o secundario. | Presentación de Proyecto de Integración |
| Terapias Ambulatorias | Kinesiología, fonoaudiología, psicología, terapia ocupacional y psicopedagogía. | Sesiones s/ Prescripción Médica |
| Medicamentos e Insumos | 100% de cobertura en fármacos específicos para patología de base, pañales y prótesis. | Plan de Medicación Especial |
Paso a Paso: Trámite de Empadronamiento de Discapacidad en OSPSA
Para iniciar la cobertura sin demoras en OSPSA, debés presentar el expediente de empadronamiento anual en la delegación correspondiente o a través de la mesa de entradas virtual:
- Fotocopia de DNI y CUD: Certificado Único de Discapacidad vigente expedido por la Junta Evaluadora oficial.
- Prescripción Médica con Diagnóstico CIE-10: Orden del médico especialista tratante (neurólogo, traumatólogo, fisiatra, pediatra) indicando expresamente la prestación, frecuencia y cantidad de módulos requeridos.
- Resumen de Historia Clínica: Elaborado por el profesional tratante argumentando la necesidad médica del tratamiento prestacional.
- Presupuesto del Prestador: Emitido por la institución o profesional matriculado detallando el valor del módulo de acuerdo con el Nomenclador de Discapacidad vigente.
- Constancia de Registro ANDIS: Copia de la resolución de categorización e inscripción del prestador en el Registro Nacional de la Agencia Nacional de Discapacidad.
Protocolo de Actuación ante Demoras o Rechazos de OSPSA
Ante cualquier traba prestacional, el beneficiario o su tutor legal puede ejecutar los siguientes mecanismos de reclamo formal:
1. Carta Documento / Pronto Despacho
Intimación formal otorgando un plazo perentorio de 48 o 72 horas a OSPSA (Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina) para que emita la orden de autorización bajo apercibimiento de iniciar acciones legales por daño a la salud.
2. Reclamo SUGE ante la Superintendencia de Servicios de Salud
Formulación de denuncia ante la SSSalud a través de la plataforma oficial (Sistema Único de Gestión de Reclamos) citando el RNOS N° 119500 de la entidad por incumplimiento de la Ley 24.901.
3. Acción de Amparo de Salud con Medida Cautelar Urgente
Demanda judicial tramitada ante la Justicia Federal o Civil. El juez emite una medida cautelar que ordena a OSPSA autorizar la prestación en un plazo de 24 a 48 horas mientras continúa la causa principal.
Preguntas Frecuentes sobre OSPSA Discapacidad
¿OSPSA puede cobrar coseguros a una persona con CUD?
No. El artículo 2 de la Ley N° 24.901 establece la gratitud absoluta de todas las prestaciones contempladas para personas con Certificado Único de Discapacidad.
¿Cómo se gestiona el reintegro si atienden con profesionales fuera de cartilla?
Si OSPSA no cuenta con profesionales o centros capacitados en cartilla cerca de tu domicilio, podés solicitar la modalidad de reintegro presentando la factura electrónica B o C emitida por el prestador habilitado.
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