Exenciones Impositivas de ARCA (ex-AFIP) por Discapacidad [2026]: Ganancias, Bienes Personales y CUD
Con la disolución de la AFIP y la puesta en marcha de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se actualizaron los aplicativos digitales y mecanismos para gestionar beneficios impositivos nacionales en Argentina. Quienes cuentan con CUD propio o tienen familiares con discapacidad a cargo tienen derecho a importantes deducciones y exenciones en tributos nacionales que reducen sustancialmente la carga impositiva mensual y anual.
- 1. Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)
- 2. Exención en el Impuesto sobre los Bienes Personales
- 3. Franquicias Aduaneras y Exención de IVA en Importaciones
- Diferencia entre impuestos nacionales (ARCA) y tributos locales (ARBA/AGIP)
- Preguntas Frecuentes sobre Beneficios Impositivos en ARCA
1. Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)
Si sos trabajador en relación de dependencia o jubilado alcanzado por el Impuesto a las Ganancias y tenés a cargo a un hijo, hijastro o cónyuge con CUD:
- Deducción incrementada al doble: La legislación tributaria establece que la deducción por hijo o familiar incapacitado para el trabajo duplica el monto fijado para las cargas de familia comunes.
- Sin límite de edad: A diferencia de los hijos sin discapacidad (cuya deducción cesa al cumplir los 18 años), la deducción por hijo con CUD no tiene límite de edad mientras persista la condición y se encuentre económicamente a cargo del contribuyente.
- Cómo cargar el CUD en el F. 572 Web (SIRADIG Trabajador):
- Ingresá al portal oficial de ARCA con CUIT y Clave Fiscal (Nivel 3).
- Accedé al servicio "SiRADIG - Trabajador".
- En la sección "Cargas de Familia", seleccioná la opción "Hijo / Hijastro con discapacidad".
- Informá el número de CUD, fecha de vencimiento y adjuntá la imagen legible del certificado en formato PDF.
- Enviá el formulario a tu empleador antes del cierre del período fiscal anual.
2. Exención en el Impuesto sobre los Bienes Personales
En el régimen de Bienes Personales, la normativa vigente contempla un tratamiento protectorio para el patrimonio de personas con discapacidad:
- Inmueble destinado a Casa-Habitación: El inmueble perteneciente a una persona con discapacidad o destinado a su vivienda habitual permanente goza de exención fiscal plena hasta los montos mínimos no imponibles actualizados por inflación.
- Automotores adaptados y utilitarios: Los vehículos adquiridos bajo el régimen de la Ley 19.279 de franquicia impositiva para compra de autos con CUD no computan para la base imponible del impuesto durante los plazos legales de afectación obligatoria.
3. Franquicias Aduaneras y Exención de IVA en Importaciones
La Dirección General de Aduanas (dependiente de ARCA) otorga exenciones arancelarias e impositivas directas para:
- Elementos de ayuda técnica y rehabilitación: Sillas de ruedas a motor, prótesis mioeléctricas, software de comunicación aumentativa, teclados adaptados y dispositivos Braille importados directamente por la persona con discapacidad están 100% exentos de derechos de importación, IVA y tasas estadísticas.
- Vehículos especiales adaptados: Exención del pago de aranceles de importación aduaneros y del IVA para rodados homologados bajo la normativa de ANDIS y ARCA.
Diferencia entre impuestos nacionales (ARCA) y tributos locales (ARBA/AGIP)
Es muy común la confusión entre los distintos niveles del Estado. Tené en cuenta que:
Impuestos Nacionales (ARCA): Ganancias, Bienes Personales, IVA y Aranceles Aduaneros. Se gestionan con Clave Fiscal en el portal nacional.
Impuestos Provinciales y Municipales: Exención del pago de Patentes Automotor y ABL / Impuesto Inmobiliario. Estos no corresponden a ARCA, sino a los organismos recaudadores de cada distrito, como ARBA en Provincia de Buenos Aires o AGIP en CABA.
Preguntas Frecuentes sobre Beneficios Impositivos en ARCA
¿Tengo que hacer algún trámite presencial en las agencias de ARCA?
No. La totalidad de las deducciones familiares en Ganancias (SIRADIG) y las declaraciones juradas de Bienes Personales se procesan de forma 100% digital a través del portal con Clave Fiscal.
¿Si cobro una Pensión No Contributiva (PNC) tengo que pagar Ganancias?
No. Las pensiones no contributivas por invalidez otorgadas por la Agencia Nacional de Discapacidad y liquidadas por ANSES son inembargables y están legalmente exentas del Impuesto a las Ganancias.
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