OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO Discapacidad (RNOS 701002): Cobertura 100%, Trámites y Teléfonos 2026

En OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO (RNOS N° 701002), la cobertura de prestaciones por discapacidad es del 100% libre de coseguros conforme a la Ley N° 24.901. Presentando el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente y la orden médica, la entidad debe financiar módulos de centro de día, transporte adaptado, rehabilitación e insumos.

La entidad OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO es un Agente del Seguro de Salud inscripto ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) bajo el registro RNOS N° 701002. Administra la cobertura médico-asistencial y los módulos de habilitación y rehabilitación para afiliados en todo el país.

🧠 Datos Verificados del Portal Oficial (OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO):

✓ Portal Web Oficial con Sección de Discapacidad Confirmada

Ficha Técnica Oficial SSSalud - OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO

Denominación Oficial:
OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO
Código RNOS / RNAS:
RNOS N° 701002
Fondo SURGE / SSSalud:
$15,236,000.00 ARS
Central Telefónica:
4-750-1368
Sede Central:
AMADEO SABATTINI 4661/65, CASEROS ,PARTIDO 3 DE FEBRERO (BUENOS AIRES)
Correo Electrónico:
osppm3f3@gmail.com
Sitio Web Oficial:
www.osppm3f.com.ar

Indice
  1. 🧠 Datos Verificados del Portal Oficial (OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO):
  2. Ficha Técnica Oficial SSSalud - OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO
  • Marco Legal y Gratuidad Absoluta (Ley N° 24.901)
  • Nomenclador Prestacional Cubierto al 100%
    1. Circuito Paso a Paso para Empadronar el CUD en OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO
    2. Vías de Reclamo ante Demoras o Incumplimientos de OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO
  • La Ley N° 24.901 establece el Sistema de Prestaciones Básicas en Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad. Por disposición legal obligatoria, OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO debe brindar el 100% de la cobertura de las prestaciones requeridas por sus beneficiarios acreditados con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).

    Nomenclador Prestacional Cubierto al 100%

    Categoría TerapéuticaMódulo y Alcance (Ley 24.901)Requisitos de Acreditación
    Centro de Día / CETJornada simple o doble para desarrollo cognitivo y social.Categorización ANDIS del Centro
    Transporte Especial AdaptadoTraslado puerta a puerta al centro de rehabilitación.Facturación directa por Nomenclador
    Maestra IntegradoraAcompañamiento en escuelas comunes de nivel inicial/primario/secundario.Proyecto Pedagógico de Inclusión (PPI)
    Terapias AmbulatoriasKinesiología, fonoaudiología, psicología, psicopedagogía, T.O.Prescripción médica con CIE-10
    Medicamentos e Insumos100% en fármacos de patología de base, pañales y prótesis.Resumen de Historia Clínica

    Circuito Paso a Paso para Empadronar el CUD en OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO

    1

    Obtener el CUD Vigente

    Gestioná el Certificado Único de Discapacidad ante la junta evaluadora correspondiente a tu domicilio.

    2

    Solicitar la Prescripción Médica

    Pedile a tu médico tratante la orden detallada con diagnóstico CIE-10, justificación y plan de trabajo del prestador.

    3

    Presentar el Legajo en OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO

    Presentá la documentación en la delegación más cercana o mediante el portal web oficial de la entidad.

    4

    Auditoría y Bonos de Cobertura

    Una vez aprobado el trámite, se emite la autorización con subsidio del 100% libre de coseguros.

    Vías de Reclamo ante Demoras o Incumplimientos de OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO

    Si OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO rechaza la cobertura, impone coseguros o demoras en la autorización de prestaciones prescriptas, tenés derecho a intimarla mediante Carta Documento (plazo 48 hs), iniciar un reclamo formal ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) o solicitar una Medida Cautelar de Amparo de Salud con patrocinio letrado.

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